JurídicoESEN
Order (Auto)April 25, 2019

A- de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Freiman Martinez Perez·Respondent Juzgado Promiscuo Municipal De Bituima

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá (Cundinamarca y los Juzgados Primero Promiscuo de Familia y Primero Civil del Circuito de esa misma municipalidad.

La controversia se generó en torno a las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.

La Corte considera que la autoridad competente para resolver la solicitud de amparo instaurada es aquella a quien primero se repartió el asunto, esto es, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá.

Se ordena enviar el expediente a dicho despacho para que de manera inmediata profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

A este juzgado y al Promiscuo de Familia se les hace una advertencia para que en lo en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Al juzgado Civil del Circuito involucrado en el conflicto se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de esta Corporación, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de enero de 2019 proferido por el Juzgado de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativa (Cundinamarca) al interior del expediente ICC-3612.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativa (Cundinamarca) el expediente ICC-3612 para que, de manera inmediata, inicie el tramite y profiera la decision de fondo a que haya lugar dentro de la accion de tutela interpuesta por el senor Freiman Martinez Perez, a traves de apoderado, contra el Juzgado Promiscuo Municipal de Bituima (Cundinamarca).
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativa (Cundinamarca) y al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo de Familia de la misma municipalidad, que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional.
  5. CUARTO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Primero. Civil del Circuito de Facatativa (Cundinamarca) que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  7. QUINTO. ORDENAR que por Secretaria General se comunique la decision adoptada en esta providencia a la parte actora, al Juzgado
  8. Primero. Promiscuo de Familia de Facatativa (Cundinamarca) y al Juzgado
  9. Primero. Civil del Circuito de Facatativa (Cundinamarca).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.